Condiciones Generales

La escuela EDUKAJUDO es una Asociación privada con personalidad jurídica y capacidad de obrar, integrada por personas físicas o jurídicas, con domicilio en la Comunidad Autónoma de Galicia, que tienen como objeto primordial el fomento y el impulso da la práctica continuada de una modalidaded deportiva “El judo”, así como la participación en actividades y competiciones deportivas cualquiera que sea su nivel y destinatario. 

CONDICIONES GENERALES.

El objetivo de estas condiciones lo constituye la regulación de las obligaciones y derechos de los socios y EDUKAJUDO  en sus relaciones deportivas y económicas, así como el desarrollo del régimen de disciplina deportiva dentro de la escuela, todo ello en ejercicio de las facultades previstas por los Estatutos Fundacionales de la escuela y con el fin de mejorar las normas de funcionamiento interno del mismo.

(*) La no lectura del Reglamento de Régimen Interno o el desconocimiento del mismo, no exime a los deportistas del Club de su cumplimiento.

CAPITULO 1
SOLICITUD DE ADMISIÓN

Artículo 1: Solicitud de ingreso.
Las personas interesadas en formar parte de EUDUKAJUDO, deberán solicitar o cumplimentar el solicitud de alta y realizar el pago correspondiente, esto se podrá hacer únicamente a través del formulario que esta en la página web

Articulo 1.1: Documentación Necesaria.
Como se dice en el artículo 1, será necesario el cumplimiento de la solicitud de alta que esta en la WEB y además se podrá solicitar la siguiente documentación .

  1. DNI, NIF o NIE (Tienen que estar en vigencia)
  2. Los menores de 16 años podrán presentar el libro de familia.
  3. En el caso de haber practicado judo en otra escuela, tendrán que acreditar su grado “kyu” a través de los medios oficiales que facilita las federación Gallega de Judo. En el caso de no poder acreditarse tendrán que comenzar su enseñanza desde el cinturón blanco
  4. En el caso de que la Junta directiva lo considere se podrán pedir un certificado medico conforme puede practicar judo sin riesgo para su salud.

Artículo 1.2: Admisión
Serán admitidos de pleno derecho: Artículo 1.2.1 Aquellos solicitantes que acepten las presentes Condiciones Generales, cumplimenten la solicitud de alta, presenten la posible documentación requerida (artículo 1 y articulo 1.1) y cumplan los siguiente requisitos:

  • Artículo 1.2.1 Aprobación por la Junta directiva de EDUKAJUDO
  • Artículo 1.2.2 Estar al corriente de pago con las obligaciones del club
  • Artículo 1.2.3 No incumplan ninguno de los derechos de admisión dispuestos en el capitulo 5

Artículo 1.3: Incorporación
Una vez aceptada la solicitud de ingreso y en un plazo máximo de 2 días, el club informará por correo electrónico de que se cumplen todos los requisitos. y la incorporación será de pleno derecho, si el aforo lo permite

  • Artículo 1.3.1: En el caso de no recibir confirmación por correo electrónico al finalizar el plazo de 2 días, la incorporación igualmente será de pleno derecho, si el aforo lo permite

CAPITULO 2
CONDICIONES DE PAGO y PARTICULARIDADES

Artículo 2.1: Formas de pago.
A través de domiciliación bancaria, (se solicitará un IBAN para poder realizar los cobros). Si el club lo precisa podrá pedir certificado de cuenta.

Artículo 2.2: Fecha de pago.
Los cuotas se abonarán trimestralmente, siendo los periodos de pago los siguiente:
1º PAGO: Octubre, Noviembre y Diciembre.
2º PAGO: Enero, Febrero y Marzo
3º PAGO: Abril, Mayo y Junio.
En los centros o colegios que la actividad comience en Septiembre se abonara a final de mes

  • Artículo 2.2.1: En el caso de que el alta se produzca una vez comenzado el trimestre y ya realizado el cobro, se facturará entre 2 y 10 días después de la fecha de comienzo siempre la parte proporcional

Artículo 2.3: Cuotas.
Estarán publicadas en la WEB de cada escuela

Artículo 2.4: Devolución de recibos

  • Artículo 2.4.1 El club se reserva la disposición de la devolución de las cuotas en los siguientes casos:
    • Artículo 2.4.1.1 Se devolverá integra o parcialmente el importe de las cuotas cuando:
      • 2.4.1.1.1 Se justifique error administrativo por parte del club.
    • Artículo 2.4.1.2 No se devolverá ni integra, ni parcialmente el importe de las cuotas cuando:
      • 2.4.1.2.1 Si el socio desea darse de baja antes de que termine el periodo contratado.
      • 2.4.1.2.2 Si durante el periodo en curso quiere realizar alguna modificación de sus servicios y no lo solicita con la antelación adecuada artículo 3.3
      • 2.4.1.2.3 Por causas de fuerza mayor ajenas a EDUKAJUDO
  • Artículo 2.4.2 Las comisiones devengadas por la devolución de recibos por parte de las entidades bancarias. El coste de las mismas las marcará nuestra entidad bancaria y se incrementará en 1,00€ por gasros administrativos de la escuela
    • Artículo 2.4.2.1 Si no se han notificado las bajas, modificaciones en los plazos y formas correctas, el socio se tendrá que hacer cargo de las comisiones que genere dicha devolución.
    • Artículo 2.4.2.2 No se cobrarán dichas comisiones si el motivo de la devolución es por error administrativo del club.

Artículo 2.5: Impago de recibos.
Aquellos recibos que no se abonen en la forma y plazo señalada en los artículos 2.1 y 2.2 se tratarán de la siguiente consideración:

  • Artículo 2.5.1: En caso de recibo o recibos impagados se tramitará la baja del asociad@ (Consideraciones de baja Artículo 3.1)
  • Artículo 2.5.2: Tramitada la baja por impago se considerará la cuenta del asociado en estado de morosidad (Hasta que no este al corriente de las obligaciones con el club no podrá reingresar en el mismo Artículo 1.2.2)
  • Artículo 2.5.3 El club realizará la reclamación de las cantidades adeudadas a través de sus servicios legales

CAPITULO 3
MODIFICACIONES Y BAJAS

Artículo 3.1 Consideraciones 
Se considerará baja y por lo tanto la perdida de los derechos de soci@:

  • Artículo 3.1.1 Aquellos que por voluntad propia y usando los medios.
    adecuados realicen dicha solicitud, articulo 3.2.
  • Artículo 3.1.2 Falta de pago de alguna de las cuotas.
  • Artículo 3.1.3 Incumplimiento del reglamento interno.

Artículo 3.2 Solicitud
Para solicitar bajas o modificaciones se tendrá que hacer a través de esta solicitud de baja o Solicitud de modificación

Artículo  3.3 Aceptación de la solicitud.
Para que tenga efecto la baja o modificación tendrá que cumplir los siguientes requisitos:

  • Artículo 3.3.1 Deberán realizarse 10 días antes del finalizar el mes
  • Artículo 3.3.2 Cumplimentarse por los medios descritos en el artículo 3.2

Artículo 3.4 Contestación de la solicitud.
Se confirmará por correo electrónico en un plazo máximo de 10 días, en el caso de no recibir respuesta al finalizar el plazo señalado, la modificación o baja será de pleno derecho.

CAPITULO 4
TRAMITE DE INICIO DE CURSO

Artículo 4.1 Definición del tramite de inicio de curso
Es la tramitación anual y de carácter obligatorio para poder realizar la actividad de JUDO en nuestra escuela Homologada por la Real Federación Española de Judo.

Artículo 4.2 El tramite de inicio de curso incluye:

  • Licencia Federativa Autonómica y Nacional del año en curso (Cubre el periodo compuesto entre el 1 de octubre y el 30 de septiembre)
  • Paso de grado oficial (Solo uno)
  • Seguro de accidente deportivo.
  • Participación en los eventos de carácter oficial en los que participe el club y que están marcados en el los calendarios de la federación autonómica gallega y nacional de Judo.
  • Participación en actividades organizadas por el club.
  • Enseñanza reglada e impartida por profesionales colegiados por la FEJudo.

Articulo 4.3 Precios, fecha y forma de pago
Es un pago único anual y se abonará al tramitar la solicitud de alta (Artículo 1.1 y 1.2)

  • Artículo 4.3.1 Los precios están publicados en la web de cada centro o colegio
  • Artículo 4.3.2 La fecha de pago inicial es entre el 10 y 15 de octubre, aquellas altas recibidas después de esa fecha se facturaran entre los 2 y 10 días posteriores
  • Artículo 4.3.3 La forma de pago será por domiciliación bancaria en el IBAN facilitado en la solicitud de alta.

Artículo 4.4 Consideraciones sobre la tramitación.
Una vez realizado el alta y ser admitido de pleno derecho en EDUKAJUDO, se facilitarán los datos necesarios a la FGJudo (Revisa nuestra política de privacidad y de protección de datos), la cual realizará los tramites federativos necesarios para dar de alta la licencia autonómica y nacional del deportista.

  • Artículo 4.4.1 Se facilitará a los asociados/deportistas, en el caso de que lo soliciten, un justificante conforme la tramitación de la licencia se ha realizado (Carne federativo o certificado de la FGJudo)

CAPITULO 5
CARNE DE GRADO NACIONAL

Artículo 5.1 Definición del carne de grado Nacional
Es un documento de la Real Federación Española de Judo y d.a que certifica y oficializa el grado, kyu o color del cinturón del deportista. Es de carácter obligatorio en la escuelas EDUKAJUDO

Articulo 5.2 Obtención de carne de grado nacional
Se tramita en el momento que el profesor (Maestro Nacional colegiado) determina el logro de un nuevo cinturón

Articulo 5.3 Precios, fecha y forma de pago
El primer paso de grado esta incluido dentro del Tramite de inicio de curso – CAP 4

  • Artículo 5.3.1 En el caso de realizar o precisar un segundo paso de grado el coste será de 15,00€

Artículo 5.4 Actualización de los grados
Este documento Federativo Nacional entra en vigor la temporada 2021-22 en Galicia, la escuela EDUKAJUDO no podrá generar actualizaciones de grado a partir del 31 de diciembre del 2022 por normativa de FGJudo. Aquellos deportistas que no puedan acreditar el grado a través de los medios oficiales que obliga la FEJudo tendrán que comenzar la práctica de judo en cinturón blanco

CAPITULO 6
REGLAMENTO INTERNO

Artículo 6.1 Derecho de los deportistas.

  • Artículo 6.1.1 Los deportistas merecen por su condición de tales, el respeto y la consideración del cuerpo técnico de la escuela y cualquier otro personal dependiente de la misma.
  • Artículo 6.1.2 Los deportistas tienen derecho a disponer, en la medida de las posibilidades de la escuela, los medios y espacios señalados para su entrenamiento.

Artículo 6.2 Obligaciones de los deportistas.

  • Artículo 6.2.1 Los deportistas deberán guardar el debido respeto al resto de Los componentes de la esceula: compañeros, profesores, etc., así como al personal empleado en las instalaciones. Deberán a su vez cuidar el material usado en entrenamientos y competiciones.
  • Artículo 6.2.2 Sin perjuicio del derecho de toda persona a manifestarse Libremente sobre cualquier materia, los deportistas deberán mantener la debida prudencia en sus manifestaciones públicas, intentando que no sean vejatorias ni perjudiciales para la escuela o cualquiera de los componentes del mismo, ni para los de otros clubes; así como para Los árbitros de las competiciones ni para los dirigentes de los distintos estamentos federativos.

CAPITULO 7
DERECHOS DE ADMISION

Artículo 7.1 En virtud de lo dispuesto en el art 59.1 e del Real Decreto 2816/1982 de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas; Queda prohibida la entrada en el local social a toda persona que:

  • Artículo 7.1.1 Se encuentre en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas o otras sustancias que puedan alterar su juicio.
  • Artículo 7.1.2 Porte cualquier objeto susceptible de causar daño a personas o cosas.
  • Artículo 7.1.3 Falta a aseo personal.
  • Artículo 7.1.4 Alborotadores comprobados.
  • Artículo 7.1.5 Provoque o incite cualquier desorden en la sala.
  • Articulo 7.1.6 Otras consideraciones que el tanto el personal del club como los órganos competentes que lo integran consideren y justifiquen.

CAPITULO 8
COMUNICACIÓN.

Artículo 8.1 Para La difusión de Los resultados, noticias y novedades sobre la escuela se utilizarán la web www.edukajdo.com Y las redes sociales (Facebook, Instagram) Estas tareas las desarrollará el responsable de comunicación.

Artículo 8.2 El hecho de ser miembro de la escuela implica el consentimiento que su nombre, voz e imagen sean utilizados por parte de la misma, la cual solamente podrá utilizar dichos elementos en la realización de publicaciones y actividades de tipo deportivo, cultural y educativo.

CAPITULO 9
RECLAMACIONES y SUGERENCIAS

Artículo 9.1 Los socios podrán formular sus quejas y reclamaciones de manera interna a través de los formularios publicados en la web

Artículo 9.2 Las contestaciones se realizaran por mail en la dirección aportada en los formularios

Artículo 9.3 EDUKAJDO también dispone de hojas de reclamaciones que podrás descargar aquí

Artículo 8.4 EDUKAJUDO pondrá a disposición de sus asociados un buzón de sugerencia digital a través de este enlace

ANEXO 1
ACTIVIDADES DEL CLUB información detallada aqui

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

El presente Reglamento podrá ser modificado (ampliado o reducido) a fin de ajustarlos a las necesidades reales del Club.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

El presente Reglamento entrará en vigor a día 21 de marzo del 2021 y su última actualización se realizó el 28 de junio del 2023

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